DEBE INFORMAR SECRETARÍA DE SALUD SOBRE POBLACIÓN DIABÉTICA CON AMPUTACIÓN DE EXTREMIDADES INFERIORES.
De la corresponsalía
Ciudad de México-. La Secretaría de Salud (SSA) debe dar a conocer información estadística sobre la población que padece diabetes mellitus y que haya sido sometida a un procedimiento de amputación de extremidades inferiores a nivel nacional, desglosada por estado, unidad médica, edad, género y tipo de amputación, de 2004 a mayo de 2021, instruyó el Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales (INAI).
Al presentar el asunto ante el Pleno, la Comisionada Norma Julieta del Río Venegas afirmó que este recurso de revisión muestra la importancia de la información pública, para conocer el preocupante aumento de la diabetes en la población mexicana, así como las políticas públicas implementadas por los gobiernos para atender este problema y las acciones individuales que pueden ayudar a prevenirla.
"Separamos el proyecto por tratarse de una enfermedad que, lamentablemente, por la enfermedad de COVID-19 se ha dejado de mencionar, pero esta enfermedad forma parte de las más importantes que tenemos en el país con un porcentaje alto de padecimiento. Entonces, la información es pública para los ciudadanos", subrayó Del Río Venegas.
En respuesta a la solicitud de acceso a la información, la SSA proporcionó dos vínculos electrónicos donde, señaló, se encontraba contenida la información requerida. Asimismo, acotó que su sistema automatizado de egresos hospitalarios no cuenta con el nivel de desagregación para determinar si el proceso de amputaciones deriva de la afección requerida, motivo por el cual no es posible proporcionarla.
La persona que solicitó la información presentó un recurso de revisión ante el INAI, mediante el cual manifestó que la SSA le entregó información que no corresponde con lo requerido y no cuenta con el desglose indicado, además, apuntó que el sujeto obligado omitió indicar los pasos a seguir para realizar la consulta en los hipervínculos proporcionados.
El sujeto obligado, vía alegatos, envío a la persona solicitante un alcance especificando el apartado que contiene la información requerida. Asimismo, detalló la clave de las variables de afección y procedimiento con el que debe realizarse la búsqueda.
En el análisis del caso, a cargo de la ponencia de la Comisionada Norma Julieta del Río Venegas, se advirtió que en las ligas electrónicas proporcionadas por el sujeto obligado no es posible consultar la información solicitada.
Además, el alcance proporcionado por la SSA indica el lugar específico donde debe realizarse la consulta y la clave de las variables que corresponden a los datos respecto de los cuales se pidió la estadística; sin embargo, nuevamente omitió indicar cada uno de los pasos para realizar la consulta y obtener los datos solicitados.
Al respecto, cabe precisar que la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública establece en su artículo 132 que cuando la información requerida por el solicitante ya esté disponible al público en medios impresos, tales como libros, compendios, trípticos, registros públicos, en formatos electrónicos disponibles en Internet o en cualquier otro medio, se le hará saber por la vía requerida por el solicitante la fuente, el lugar y la forma en que puede consultar, reproducir o adquirir dicha información.
Por lo anterior, el Pleno del INAI revocó la respuesta de la SSA y le instruyó indicar a la persona solicitante cada uno de los pasos para poder consultar la información relativa a la estadística de la población que padece diabetes mellitus y que haya sido sometida a un procedimiento de amputación de extremidades inferiores en todo el país, desglosada por estado, unidad médica, edad, género y tipo de amputación, de 2004 al 4 de mayo de 2021.
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